Glosario
Contratos de concesión
Son los que celebran las entidades estatales con el objeto de otorgar a una persona, llamada concesionario, la prestación, operación, explotación, organización o gestión, total o parcial, de un servicio público, o la construcción, explotación o conservación total o parcial, de una obra o bien destinados al servicio o uso público, así como todas aquellas actividades necesarias para la adecuada prestación o funcionamiento de la obra o servicio por cuenta y riesgo del concesionario y bajo la vigilancia y control de la entidad concedente, a cambio de una remuneración que puede consistir en derechos, tarifas, tasas, valorización, o en la participación que se le otorgue en la explotación del bien, o en una suma periódica, única o porcentual y, en general, en cualquier otra modalidad de contraprestación que las partes acuerden (Ley 80/1993 - Art 32).
Cumplimiento (de la información)
Acatar aquellas leyes, reglamentos y acuerdos contractuales a los cuales está sujeto el proceso de negocio, es decir, criterios de negocio impuestos externamente, así como políticas internas.
Declaración (de Derechos de Explotación)
Los concesionarios y los autorizados para operar juegos de suerte y azar tendrán la obligación de liquidar, declarar y pagar los Derechos de Explotación mensualmente ante la entidad competente para la administración del respectivo juego del monopolio o las autoridades departamentales, distritales o municipales, según el caso. La declaración y el pago deberán realizarse dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente a su recaudo, y contendrá la liquidación de los Derechos de Explotación causados en el mes inmediatamente anterior.
Decomiso
medida legítima de limitación a la propiedad de un bien (elementos de juego de suerte y azar) vinculado con la violación de una norma, sin derecho a indemnización alguna
Decomiso
Medida legítima de limitación a la propiedad de un bien (elementos de juego de suerte y azar) vinculado con la violación de una norma, sin derecho a indemnización alguna.
Derechos de Explotación
Cuando los juegos de suerte y azar se operen por medio de terceros, mediante contrato de concesión o por autorización, la dependencia o entidad autorizada para la administración del respectivo juego percibirá, a título de Derechos de Explotación, un porcentaje de los ingresos brutos de cada juego, salvo las excepciones que consagre la Ley de Régimen Propio. Estos Derechos de Explotación se recaudan y transfieren a las cuentas que manejan los recursos para los servicios de salud pública.
Diálogos con operadores
Escenario de Rendición de Cuentas enfocado en los operadores autorizados de juegos de suerte y azar localizados, en los cuales se dialoga sobre las principales iniciativas y resultados de la entidad, buscando aumentar la comprensión de este grupo de interés sobre la gestión y los proyectos de Coljuegos. Permite conocer de primera mano sus expectativas e identifica potenciales riesgos en la operación de la entidad.
Disponibilidad (de la información)
Se refiere a que la información esté disponible cuando sea requerida por los procesos del negocio en cualquier momento. También concierne con la protección de los recursos y las capacidades necesarias asociadas.
EICE
Empresa Industrial y Comercial del Estado.
Emisión
Es el conjunto de billetes indivisos o fraccionados que, de acuerdo al plan de premios, se emiten y ponen en circulación para participar en cada sorteo. La emisión contendrá la totalidad de las combinaciones de números o de caracteres que se utilicen para numerar los billetes, en forma consecutiva o en series. La totalidad de las combinaciones que componen la emisión debe ser puesta a disposición del público por cualquier medio.